Expediente G. 1128. XLI, Aclaratoria de 16 de Diciembre 2008

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº G. 1128. XLI
Actor: Garcia de Alvarez Maria Preciosa y Otros
Demandado: Pen Ley 25561 Dto 1570/01 214/02
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Id. vLex: VLEX-52259996

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G. 1128. XLI.

García de Álvarez, María Preciosa y otros c/ P.E.N. Cley 25.561C dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparo.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que la aclaratoria peticionada resulta improcedente en virtud de las razones expuestas por el Tribunal al pronunciarse el 6 de marzo de 2007 en los autos V.4.XLI "Viegas, Horacio Eduardo c/ P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01- 214/02 s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 330:335), resolución a la que corresponde remitirse por motivos de brevedad.

Por ello se desestima el pedido de aclaratoria. Notifíquese con copia de la resolución a la que se remite, y estése a lo oportunamente resuelto por el Tribunal.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Interpuso el pedido de aclaratoria: el Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Diego Miguel Novak, con el patrocinio letrado de la Dra.

Bibiana Beatriz Zobra.

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