Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº C. 903. XXXVII
Actor: Caja Complementaria Para la Actividad Docente
Demandado: Jujuy, Provincia De
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Id. vLex: VLEX-52248824
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C. 903. XXXVII.
ORIGINARIO
Caja Complementaria para la Actividad Docente c/ Jujuy, provincia de s/ ejecución fiscal.
Buenos Aires, 14 de octubre de 2008 Autos y Vistos; Considerando:
1°) Que contra la regulación de honorarios practicada en el segundo párrafo de la sentencia dictada a fs. 336/338 la doctora María Alejandra Ahmad interpone el recurso de aclaratoria de que da cuenta la presentación de fs. 343.
2°) Que en el pronunciamiento referido no se ha incurrido en un error que permita admitir el recurso interpuesto en los términos del art. 166, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
3°) Que sin perjuicio de ello y a fin de dar total satisfacción a la recurrente, baste señalar que la retribución cuestionada ha sido fijada considerando como base regulatoria el monto involucrado en el incidente resuelto a fs. 296/296 vta. y de conformidad con las pautas contempladas en los arts.
33, 39 y concs. de la ley 21.839.
Por ello, se resuelve: Rechazar el recurso interpuesto a fs. 343. Notifíquese. CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.
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