Expediente C. 473. XLIV, Dictamen de 18 de Julio 2008

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº C. 473. XLIV
Actor: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Demandado: Empresa De Transportes El Litoral S.A.
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Id. vLex: VLEX-52095948

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EMPRESA DE TRANSPORTES EL LITORAL S.A.

S/EJECUCION FISCAL.

S.C. Comp. 473, L. XLIV.- Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e :

El magistrado a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N1 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el magistrado a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N1 6, discrepan en torno a la competencia para entender en el presente juicio (v. fs. 20 y 28).

En tales condiciones, se suscita una contienda jurisdiccional que corresponde resolver a V.E. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24, inciso 71, del decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708.

En el caso, de las constancias de la causa no surge que el proceso universal haya concluído, sino, por el contrario, que se encuentra en etapa de cumplimiento el acuerdo preventivo homologado.

En consecuencia, sigue operativo el fuero de atracción del concurso de la demandada (conf. doctrina de Fallos:

325:1382, y mas recientemente en S.C.

Comp.1693, L.XL, "G.C.B.A. c/Transportes 9 de julio SAC s/ejecución fiscal", del 13 de diciembre de 2005, Comp. 790, L.XLII, "G.C.B.A. c/Transportes El Litoral s/ejec. Fiscal", del 14 de noviembre de 2006, Comp. 1017, L.XLII, "G.C.B.A. c/Transportes El Litoral s/ejec.fiscal", el 27 de febrero de 2007 y Comp. 1483, L.XLII, "G.C.B.A. c/Transportes El Litoral s/ejec. fiscal", el 8 de mayo de 2007) toda vez que se trata en autos de una ejecución fiscal, que no se encuentra comprendida en las excepciones previstas en el art. 21 de la ley 24.522 (texto según ley 26.086).

Por lo expuesto, opino que es competente para seguir conociendo en las presentes actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N1 6.

Buenos Aires, 18 de julio de 2008.- Marta A.Beiro de Goncalvez

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