Disposición Nº 31/2013

Fecha de disposición23 Abril 2014
Fecha de publicación23 Abril 2014
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32870

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DisposiciónNº 31/2013LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 30 de octubre de 2013 se dictó la Disposición Nº 31/2013, mediante la cual la Directora Nacional de la Oficina Nacional de Contrataciones dispuso:

ARTICULO 1° Aplícase al proveedor PAIOLA, HERMINIO EDGARDO (C.U.I.T

Nº 20-07695532-9) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional, por el plazo de UN (1) año, en los términos del artículo 145, inciso b), apartado I) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436/00 como consecuencia de la rescisión total por culpa del proveedor del contrato perfeccionado en el marco de la Licitación Pública Nº 19/11 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO de la ARMADA ARGENTINA.

ARTICULO 2° Aplícase al proveedor PAIOLA, HERMINIO EDGARDO (C.U.I.T

Nº 20-07695532-9) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional, por el plazo de UN (1) año, en los términos del artículo 145, inciso b), apartado III) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436/00 como consecuencia del incumplimiento de pago del valor de la garantía perdida, al que fue intimado en el marco de la Licitación Pública Nº 19/11 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO de la ARMADA ARGENTINA.

ARTICULO 3º La sanción impuesta en el artículo 1° de la presente iniciará su vigencia una vez notificado el presente acto administrativo y realizada su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTICULO 4°

La sanción impuesta en el artículo 2° de la presente iniciará su vigencia...

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