Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 26 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 254 p 420/424.

Santa Fe, 26 de diciembre del año 2013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra elacuerdo del 15.8.2013 dictado por la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral deReconquista, en autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE RECONQUISTA -Acción MereDeclarativa- (Expte. 197/11)" (E.. C.S.J. CUIJ N°: 21-00509026-9); y,

CONSIDERANDO: 1. Por decisión del 1.3.2013, la Alzada -en lo que aquí interesa- hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Reconquista y revocó lo resuelto por el Juez de bajainstancia, quien a su turno había desestimado la demanda y, en consecuencia, dispuso que laampliación de la capacidad inhumatoria del cementerio municipal de calle H.I. esquinaPatricioD. resulta acorde a las normas constitucionales de los art. 41 (Constitución Nacional) y19 (Constitución Provincial) que tutelan el medio ambiente y la salud pública respectivamente, asícomo la Ley Nacional del Ambiente 25675 y la ley provincial 11717 de protección al medioambiente y desarrollo sustentable, siempre que se realice siguiendo las normas de buena prácticade ingeniería, de salubridad y seguridad ambiental, con un plan de gestión ambiental que mantenga protocolos de funcionamiento acorde a las condiciones actuales de la legislaciónambiental y procedimientos de monitoreo ambiental, previo el llamado de audiencia pública (en elmarco de la Ordenanza 5992/08) y con monitoreo de la Secretaría Provincial de DesarrolloSustentable y Medio Ambiente (fs. 2/8). 2. Contra dicha resolución, la vencida interpone recurso de inconstitucionalidad invocandoarbitrariedad en el decisorio (fs. 13/22).

En su presentación, sostiene que el decisorio es irrazonable porque avasalla la cosa juzgada alversar esta causa sobre una cuestión administrativa entre las mismas partes que ya fue dirimida en el juicio "R. c/ Municipalidad de Reconquista" y cuya sentencia firme y pasada enautoridad de cosa juzgada ordena a la mencionada municipalidad que "...se abstenga de realizarnuevas construcciones en el Cementerio Municipal de calle H.I. esquina P.D. impliquen la posibilidad de ampliar la capacidad inhumatoria...". En esa línea, entiendeademás que se vulnera la seguridad jurídica otorgada constitucionalmente al revocar unasentencia que repercute sobre una cuestión ya decidida en otro juicio.

Asimismo, se agravia en cuanto la Cámara resuelve a través de una Acción Mere Declarativauna cuestión...

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