Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 4 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S T 250 p 239/248.

Santa Fe, 4 de junio del año 2013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actorcontra la sentencia del 10.8.2012 dictada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en loLaboral de Santa Fe, en autos "IMHOFF, E.R. contra MILKAUT S.A. -C.P.L.- (Expte. 45/12)(E.. C.S.J. nro. 434, año 2012); y,

CONSIDERANDO: 1. Surge de las constancias de la causa que el juez de grado desestimó la demanda laboral por cobro de pesos promovida por E.I. contra la firma "Milkaut S.A.", decisión que apelada por el compareciente, fue confirmada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de esta ciudad imponiendo las costas en el orden causado.

Contra este último fallo plantea el actor recurso de inconstitucionalidad por considerar que elmismo no resulta derivación razonada del derecho vigente (artículo 1 inciso 3 de la ley 7055), por ende, arbitrario; y lesivo de los derechos y garantías constitucionales que invoca.

En el memorial recursivo sostiene que la Alzada omite tratar la alegada descalificación de lasentencia inferior en cuanto acto judicial válido atento la inconciliable oposición interna en que incurre al afirmar y negar al mismo tiempo la existencia de elementos de juicio, que a su criterio, resultan necesarios para la adecuada solución de la litis -reproduce la motivación de la resoluciónque evidencia, en su postura, la incongruencia esgrimida-. En este orden, insiste en aducir quela Cámara no se expidió al respecto, sólo dijo "En virtud de lo expresado resta inocuo eltratamiento de los demás reparos".

Expresa que en ambas instancias se ha prescindido de dos pruebas decisivas: a) la falta de afiliación del actor a ATRUL; b) la inclusión de rubros no remunerativos en la liquidación desueldos de I..

Entiende que ATRUL, al responder el oficio oportunamente librado, ratifica la existencia de la relación laboral que invoca. Ello así, desde que sostiene "...Mi representada, ante el aumento noremunerativo dispuesto por el gobierno nacional para todos los trabajadores incluidos los dependientes de nuestras empresas asociadas, negoció con la sociedad "MILKAUT S.A." laincorporación en el precio del flete para el transporte de leche, el concepto "Importe noremunerativo" por la suma de $ 260, pagadero en el período Enero a Septiembre de 2006, a fin de que los asociados puedan cubrir en su facturación el aumento dispuesto por el gobierno nacional".

Lo expuesto, dice, evidencia que ATRUL reconoce que: a) el rubro no remunerativo se negoció para todos los trabajadores no empresarios; b) el rubro no es para transportistas sino para trabajadores dependientes de éstos. Por consiguiente, concluye que al percibirlo, no obstante no estar afiliado a ATRUL, resulta indiscutible la vinculación laboral con la demandada.

La Alzada, asevera, no sólo pretirió pronunciarse sobre dicho planteo sino que ademásprescindió de probanzas que juzga decisivas para el caso, tales, su no afiliación a ATRUL y lainclusión de rubros no remunerativos en la liquidación del sueldo percibido, elementos éstos,propios de una relación laboral.

Manifiesta que le agravia que el juez de grado no aplicara la presunción que contempla elartículo 23 de la ley 20.744, motivado en que "el adquirente tanto podía poner un empleado atrabajar o personalmente realizar el recorrido". Ello así, por cuanto la autonomía alegada noencuentra sustento en las constancias de autos.

Dicha autonomía, dice, se contrapone con los manuales de procedimiento general de muestreodel transportista de leche y con el de normas de conducta para los transportistas de materia prima (acompañados por el perito de la causa), los que dan cuenta que tales trabajadores debenaprobar la capacitación allí exigida a fin de obtener la respectiva licencia para el desempeño de su labor, además, de seguir estrictamente las técnicas de muestreo, bajo apercibimiento desanción (para el supuesto de no respetar normas de higiene y comportamiento).

Por el contrario, los manuales referidos revelan la "subordinación técnica" al empleador, en el caso, "Milkaut S.A." -es decir, es quien fija directivas a los empleados sobre cómo realizartareas, su forma, modo, condiciones y sanciones ante incumplimientos-; y la previsión desanciones, señala, importa a su vez, la existencia de "subordinación jurídica". La subordinacióntécnica y jurídica denota la existencia de un vínculo laboral entre las partes, siendo la relación, intuito persona.

El informe de la A.P.I. da cuenta que no tenía dependientes, no pudiendo, por consiguiente,considerarse empresario del servicio de recolección de leche, tercerizando tanto la conduccióndel camión como su recolección (niega efectuar contralor sobre la calidad láctea). El referidomanual declara que "el transporte de leche es el lazo más importante entre el productor y laindustria láctea".

Expresa que del ejemplar entregado por la demandada surge que "...los transportistas de leche son mas que conductores de camiones. Ellos actúan como jueces al decidir la aceptación o no de la leche del tambo y son encargados de obtener muestras para que posteriormente sedetermine su calidad y composición".

También afirma que se ha soslayado ponderar que el Manual de Procedimentos autoriza a laaccionada a regular el modo de recolección de leche, los encargados de hacerlo, deben "medir

su temperatura" (punto 6.1.), y su punto 12.1. vuelve sobre la obligación de éstos, en cuantoforma de asegurar que "las muestras extraídas sean para válidas".

Insiste en que medió relación laboral entre las partes durante el período 1996/2006 y que dichonexo lo corrobora lo testimoniado por E.M. -declaración que se da...

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