Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 2014, D. 441. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D.

441.

XLVI.

RECURSO DE HECHO D., J.P. e/ Estado Nacional - Ministerio de Planificación - Secretaria de Energia - resol. 745/05 1170/08 Y otro s/ ampa- ro.

Buenos Aires, .Á 5 ole.. afe,l1.{ ~ 2.014. Vistos los auto~:

"Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional (Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios) en la causa D., J.P. c/ Estado Nacional - Ministerio de Planificación - Secretaría de Energía resol.

745/05 1170/08 Y otro s/ amparo", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48) .

Por ello, se desestima la queja.

Intímase a la recurrente para que, en el ejercicio financiero que corresponda, haga efectivo el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91.

N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese.

RICARDO LUIS LORENZETTI

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional - ~nisterio de Planifica- ción Federal, Inversión Pública y Servicios, demandado en autos, representado por la Dra.

N.A.F.L.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, Sala 11. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nO 3, Secretaria nO 5.

D.O.

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