Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 2014, A. 988. XLIX

Sentido del falloSUSPENSION DEL TRAMITE - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

:"" A. 988. XLIX.

RECURSO DE HECHO

A., G.A. si abuso de autoridad y coacción -causa n° 108.202-.

Buenos Aires, 1.5 d,e abnl de ZOI"f. Autos y Vistos; Considerando:

Que en razón de que podría encontrarse prescripta la acción penal en los autos principales, corresponde ordenar la suspensión de la presente quej a a las resultas de la decisión que al respecto tomen los jueces de la causa.

Por ello, se resuelve:

Suspender el trámite de este recurso de queja hasta la resolución definitiva de la cuestión de prescripción.

H. saber a la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, para que le imprima el trámite que corresponda, cuya resolución final deberá ser comunicada a esta Corte.

N. y resérvese.

C.;S. FAYT / .

ELENA\. HIGHTON de NOLASCO 01S1-/ /- CARMEN M. ARGIBAY

..

/1" d

A.

988.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

A., G.A. si abuso de autoridad y coacción -causa n° 108.202-.

DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.

ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

Hága~ CARMEN M.

Recurso de hecho deducido por G.A.Á., asistido por el Dr. F.B., letrado particular. Tribunal de origen:

Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires. Tribunales que intervinieron anteriormente:

S. Primera de la Cámara de Ape- lación y Garantías en 10 Penal de Bahía Blanca.

D.O.

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