Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, M. 215. L

Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M.215.L.M., A.M. y otros el EN - MS Justicia -GNdtos. 2769/93 861107 si Personal Militar y Civil de las FFAP. y de Seg.

Buenos Aires, 8 oIe.abn'¡ ole. .z::M4. Vistos los autos:

"M., A.M. y otros cl EN - MS Justicia -GN- dtos. 2769/93 861/07 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.".

Considerando:

Que los agravios expuestos por la actora encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en las causas B.474.XXXIV "B. de D." (Fallos:

323:1048) y V.20.XXXIV "V., O." (Fallos:

323: 1061), a cuyos fundamentos -en lo pertinentecorresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario deducido, se confirma la sentencia apelada y, en uso de las facultades previstas en el.art.

16, segunda parte, de la ley 48, se rechaza la demanda.

Con costas por su orden en atención a la .. naturaleza de la cue'stión debatida.

N. y, .oportunamente, devuélvase.

R.;LUISC.;S. FAYT ./ J.;CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

Recurso extraordinario interpuesto por A.M.M.; J.I.M.; A.Á.; J.R.T.; J.C.S.; R.E.G.; L.A.L.; R.S.; M.M.R.; J.R.M.; J.M.H.; V.R.C.; M.A.G.; L.B.; H.H.P.; A.L.A.; S.P.; y J.A.A., actores en autos, representados por la Dra.

S.S.R.~írez, en calidad de apoderada.

Traslado contestado por el Estado Nacional -Gendarmería Nacional-, demandado en autos, representado por el Dr. G.G.Z..

Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Sala l.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N°!!.

D.O.

00000001

00000002

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