Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, S. 16. XLIX

Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M.

88.

XLIX.

Y OTROS

RECURSOS DE HECHO

M.A.R. Y OTROS cl ESTADO NACIO- NAL Y OTROS sI INCIDENTE DE APELACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR.

Buenos Aires, 8' d‹- ~fn,'.f d-e .204t¡. Vistos los autos:

"M.88.XLIX.

'M., A.R. y otros el Estado Nacional y otros'; A.1242.XLVIII.

'A., P.F. y otro el Estado Nacional - Ministerio de Defensa'; A.1274 .XLVIII.

'A.L.R. y otros el Estado Nacional y otros'; A.176.XLIX.

'A., F.E. y atrás el Estado Nacional y otros'; A.40.XLIX.

'Aeevedo, J.B. y otros el Estado Nacional'; A.54.XLIX.

'A., L.A. y otros el Estado Nacional'; B.1237.XLVIII.

'B.P.A. y otros el Estado Nacional y otros'; B.349.XLIX.

'B., A.O. y otros el Estado Nacional'; B.387.XLIX.

'B., O.R. y otros el Estado Nacional'; C.1585.XLVIII.

'CaneliniPablo L. y otros el Estado Nacional y otros'; C.349.XLIX.

'C., C.O. el Estado Nacional y otros'; D.655.XLVIII:

'D., A. y otros el Estado Nacional'; G.465.XLIX.

'Gareía, J.M.S. el Estado Nacional'; G.466.XLIX.

'G., J.M. y otros el Estado Nacional'; G.965.

XLVIII.

'G., R.O. y otros el Estado Nacional y otros'; I.189.XLVIII.

'I., C.A. y otros el Estado Nacional - Ministerio de Defensa'; L .156 .XLIX.

'Lagiglia, E.H. y otros el Estado Nacional y otro'; L.157.XLIX.

'L., R.M. y otros el Estado Nacional y otros'; L.19.XLIX.

'L., E.R. el Estado Nacional'; L.702.

XLVIII.

'L., J.C. y otros el Estado Nacional y otros'; L.735.XLVIII.,oLavayen J.A. y otros el Estado Nacional - Ministerio de Defensa'; M. 26. XLIX.

'M., N.R. y -11-

otros el Ministerio de Defensa'; M.288.XLIX.

'Man, R.;Sergio el Estado Nacional'; M.307.XLIX. 'M., R.;Jacinto y otros el Estado Nacional y otros'; M.647.XLIX. 'M., R.;Alfredo y otro el Estado Nacional'; M.89.XLIX.

'M., C. y otros el Estado Nacional y otro'; N.270.XLVIII.

'N., R.E. y otros el Estado Nacional Ministerio de Defensa'; O.53.XLIX.

'O., J.;Alberto y otros el Estado Nacional y otros'; P.14.XLIX.

'P., E.;Ramón y otros el Estado Nacional Ministerio de Defensa' ¡ P.454.XLIX.

'P.R.N. y otro el Estado Nacional'; P.67.XLIX.

'P., J.P. y otros el Estado Nacional y otros'; P.965.XLVIII.

'P., C.;Antonio y otros el Estado Nacional y otro'¡ P.966.XLVIII.

'Plaza, C.;Alberto y otros el Estado Nacional y otros'¡ Q.35.XLIX.

'Q., L.;Osear Manuel y otros el Estado Nacional y otros'¡ R.20.XLIX.

'Ramos, L.;Alberto y otros el Estado Nacional'; S.1099.XLVIII.

'Santa Cruz, L.E. el Estado Nacional y otros'; S.16.XLIX.

'S., M.;Manuel y otro el Estado Nacional - Ministerio de Defensa'; V.17.XLIX.

'V., D.D. y otros el EN y otros'; V.184.XLIX.

'V., L. el Ministerio de Defensa - Estado Nacional'''.

Considerando:

Que los planteos del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa: C.59.XLIX. "Claro, M.;Ángel el Estado Nacional si apelación medida cautelar", sentencia del 19 de marzo -/1-

M.

88.

XLIX.

Y OTROS

RECURSOS DE HECHO

.~ M.A.R. Y OTROS cl ESTADO NACIO- - , NAL Y OTROS sI INCIDENTE DE APELACIÓN DE MEDIDA ¡ ,.":

CAUTELAR. de 2014, a cuyas consideraciones y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora P.F., se hace lugar a las quejas y a los recursos extraordinarios y se revocan las decisiones apeladas.

Con costas.

Declárase a las presentaciones directas exentas del depósito previsto por el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (arto 13, inc. f, ley 23.898).

N., agréguense las quejas a namente, remítanse.

~ ~---- --"-~ ~ p;;~ .

~.",-; _/~ SI . DO L.;LORENZETIIC.;S. FAYT ./ E. RAUL ZAFFARONI '

..

D.O.

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