Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, H. 169. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H.

169.

XLIX.

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RECURSO DE HECHO

H., H.Á. s/ causa n° 285/2013.

20/4. Buenos Aires, vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de H.Á.H. en la cau~a H., H.Á. s/ causa nO 285/2013", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimase a la parte recurrente a que, dentro del quinto dia, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archivese.

RICARDO LUIS LORENZETTI ENRIQUE S PETRACCHI JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por H.Á.H., con la defensa de la Dra. V.S., Defensora Oficial ad hoc. Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca.

D.O.

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