Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2014, C. 1576. XLVIII

Fecha08 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.

1576.

XLVIII.

"

RECURSO DE HECHO

Colla, V.M. y otros el Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina si ordinario.

Buenos Aires, "8 ote.. .aht'T1 ok 2,.Q,/~.

Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Colla, V.M. y otros cl Estadq Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina si ordinario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, según surge de las constancias de esta causa, el recurrente no expresó agravios sobre lo decidido en primera instancia respecto de la validez constitucional del decreto 582/93, ni incluyó tal planteo en el recurso extraordinario, por lo que es inadmisible el agravio que sobre dicha cuestión se formula en esta presentación directa.

Por ello, se desestima la queja.

Intímase a la recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa ~e Entradas y, oportunamente, archívese.

ENRIQUE S~PETRACCH! E. RAUL ZAFFARONI -1- CARMENM.A

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina, parte demandada en autos, representada por el Dr. J.D.B.. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, S.B.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Ins- tancia nO 1 de Córdoba.

D.O.

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