Disposición Nº 405/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 11 de Marzo de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 7.160.017/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Oficina Comercial", para el local sito en la Avenida Leandro N. Alem
N° 518/26, Piso 7, con una superficie a habilitar de 915,95 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble posee Protección General, toda vez que se encuentran
localizados en la Zona 2; del Distrito APH 51 - Catedral al Norte; del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
2726479-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que el Parágrafo 5.4.12.51 Distrito APH 51 - Catedral al Norte, establece: - "1)
Carácter: El distrito comprende aquellas manzanas del Área Central que ocupan el
sector norte del trazado fundacional. Es vínculo de las diversas vocaciones históricas
que confluyen en la identidad de la ciudad actual y alberga hitos representativos de la
imagen simbólica nacional e internacional de Buenos Aires...".;
Que en el punto 5.2.1 Zona 1 y 2, indica: - "Usos: Los usos para los inmuebles del
área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH51
Catedral al Norte, serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de
Usos N° 5.2.1 para el Distrito C1...". Que de acuerdo al Cuadro de Usos según
Distritos N° 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, se informa: - La actividad
solicitada de: "Oficina Comercial", se encuentra comprendida en la Clase A en la
"Descripción de Servicios para la vivienda y sus ocupantes, en el Agrupamiento
"Servicios Terciarios", en el rubro "Oficina Comercial - Oficina consultora", Se
encuentra permitida en el Distrito C1, con referencia 31 de estacionamiento vehicular
esto es: "1 módulo cada 120m2 de la superficie total construida". Ley N° 123: SER.
Que en tal sentido, en Área Técnica competente no encuentra inconvenientes desde el
punto de vista Urbanístico y Patrimonial, para acceder a la...
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