Disposición Nº 407/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2014

VISTO:

El Expediente N° 7.380.491/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Instituto de Enseñanza- Academias", parcela sita en la calle Piedras

N° 115 - Planta Baja y Entrepiso U.F. N° 1, con una superficie a habilitar de 323.20 m2,

y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble poseen Protección General, toda vez que se encuentra

localizada en la Zona 5; del Distrito APH 1 - Conjunto Avenida de Mayo; Ley N° 449,

(B.O. N° 1044); del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

3146059-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que de acuerdo a la normativa vigente, el Distrito APH1-Z8f se regirá por: - Carácter:

el distrito abarca ámbitos urbanos de alto significado patrimonial, ya que comprende

parte del antiguo casco histórico, como así también el tradicional eje cívico-

institucional de la ciudad, ambos articulados por la Plaza de Mayo, la que forma parte

indisoluble de los mismos.

- El ítem 4.1 "Protección Especial" establece: Los bienes con protección edilicia y

ambiental se indican en los Planos N° 5.4.12.1 b1 y 5.4.12.1 b2. Consultados los

mismos se advierte que este inmueble no tiene ningún nivel de protección, ni

pertenece a ningún ámbito consolidado.

- El ítem 4.2.1.3 "Normas particulares por zona" establece las normas según las

características del tejido.

Así el inmueble de marras pertenece a la Zona 5, de densidad media alta.

-El ítem 5) "Usos según zonas" especifica las áreas en que se subdivide el distrito

según el carácter predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las

mismas, los que se detallan en el Cuadro de Usos 5.4.12.1. En nuestro caso es el área

d), cuyo carácter predominante es: Exclusivamente administrativo institucional a

escala de sector urbano. Carácter: área destinada predominantemente a este uso,

permitiendo el uso residencial y el comercio complementario. No serán...

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