Disposición Nº 119/GCABA/DGSPR/14
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 12 de Marzo de 2014 |
VISTO:
la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436)
N°394- GCABA/2013 (B.O. N°4248), la Disposición N° 124-DGSPR/2013 y la Carpeta
N° 026-DGSPR/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 124-DGSPR/2013 de fecha 13/05/2013, la firma
NESCARMI SEGURIDAD S.A., con domicilio real en la calle Alicia Moreau de Justo
N°3019, Piso 1° Dpto. "B", Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires y constituido
en la calle Laprida N° 918, Piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue
habilitada por el término de dos años, para prestar servicios de seguridad privada,
conforme Artículo 3° sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b)
y c) en los términos de la Ley N° 1913 y reglamentación aprobada por Decreto N° 446-
GCBA/2006;
Que ante el vencimiento con fecha 26/02/2014 de la Póliza de Seguro de
responsabilidad civil requerida por el art 5 inc. k) de la Ley 1913 y su reglamentación
aprobada por Decreto N° 446- GCBA/2006, requerida a través de cedula de
notificación de fecha 10/02/2014 notificada fehacientemente en fecha 12/02/2014 y el
tiempo transcurrido sin que la interesada haya cumplimentado la documentación
requerida al efecto, se dispone la baja de la empresa del Registro de Seguridad
Privada y se procederá al archivo de las actuaciones ;
Que resulta necesario mantener actualizado el Registro de Prestadores de Seguridad
Privada, en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 1913 y su reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que atento lo expuesto, corresponde ordenar la baja de la firma en cuestión del
Registro de Seguridad Privada;
Que asimismo, atento lo establecido por los Artículos 10 Inciso e) y 20 Inciso m) de la
Ley N° 1913 y su respectiva reglamentación aprobada por Decreto 446-GCBA/2006,
corresponde dar de baja los Libros de Personal y de Novedades que oportunamente
fueran rubricados por esta Dirección General.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
SEGURIDAD S.A. ; dejándose constancia que la misma deberá abstenerse de prestar
servicios de seguridad privada en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba