Disposición Nº 25/GCABA/DGFYC/14
Firmantes | Sandberg Haedo - Alonso - Chapar |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Fiscalización y Control |
Fecha de la disposición | 6 de Marzo de 2014 |
VISTO
el Expediente N° 19.740/2007, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05
(BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 02-SSCC/05
(BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/05 (BOCBA N° 2194), la Resolución N°
12-SSCC/05 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (BOCBA N° 2352), la
Resolución N° 12-SSCC/06 (BOCBA N° 2370) y, la Resolución N° 68-SSEMERG-
SSCC/06 (BOCBA N° 2521), la Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N ° 2137/07
y,
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Giardina Fernando, en el carácter de Presidente de la firma NIGHT FUN
S.A. solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables
creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en
la calle Juana Manso N° 305 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
desarrolla actividad con nombre de fantasía "ACQUA LOUNGE CLUB" conforme
constancia obrante a fs. 987;
Que, el local posee habilitación por expediente N° 49.397/2006 concedida para el
rubro restaurante, cantina, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y
local de baile clase "C" actividad complementaria a nombre de la firma MARMAU
S.R.L., con una capacidad máxima para funcionar de doscientas catorce (214)
personas conforme lo establecido en las Resoluciones N° 11 y N° 12 / SSCC/2005 y,
tramita transferencia de habilitación a favor de la empresa NIGHT FUN S.A mediante
expediente N° 1.442.069/2010 iniciado el 25 de noviembre de 2010;
Que, el local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el
N° 095/07 por Disposición Conjunta N° 101/07 de fecha 06 de diciembre de 2007
obrante a fs. 167/8 y renovado la inscripción anual mediante Disposiciones
N°104/DGHP-DGFYC-DGFOC/2008, N° 111/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2009, N° 145/
DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010, N° 143/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011 y N°
156/DGHP-DGFYC-DGFYCO/12;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la
documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe
obrante precedentemente;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado
cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la
inscripción en el Registro...
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