Resolución Nº 183/GCABA/AGC/14

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2014

VISTO:

EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 04062208/MGEYA-AGC/14, Y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación N° 2.624, la Agencia

Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de

contralor, fiscalización y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo

dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la

misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la

Agencia respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los

aprobados por esa normativa;

Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de contratación de

las personas detalladas en el Anexo N° IF. 2014-03967122, para desarrollar tareas en

distintas dependencias de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los

períodos comprendidos en el Anexo;

Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya

contratación se propicia presten su colaboración en esta AGC;

Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto N° 224/13, y sus

complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas

bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los

requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el

legajo personal de cada locador;

Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo

los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos

veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades

presupuestarias;

Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución N° 3-SECLYT/11 establecen

que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar

por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos -SADE-;

Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y

conforme surge del...

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