JUNG AE SEO s/Quiebra

Fecha de la disposición11 de Abril de 2014

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 2

EDICTO JUDICIAL: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 2 a cargo del Dr. Fernando Pennacca, Secretaría Nº 4 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja de esta ciudad, comunica por cinco días en autos “JUNG AE SEO s/QUIEBRA s/INC. SUBASTA DE BIEN INMUEBLE Exp. Nº 90315” que el Martillero: HORACIO WUILLE BILLE, C.U.I.T. 20-14223927-3, TEL: (011) 43725857 – 155-7737749; rematará el día 23 de abril de 2014, a las 11,30 hs. en punto, en la Corporación de Rematadores: Jean Jaures 545 de Capital Federal, el 100% del inmueble ubicado en la calle Avda. Sta. Fe 3525/27/31/33/35/39 entre Aráoz y Julián Alvarez, P.B. U.F. N° 61, P. Matrícula F.R. 18-1824/61, Nomenclatura Catastral: Circ. 18, Secc. 21, Manzana 3, Parc. 16 b, C.A.B.A. El inmueble se encuentra desocupado y resulta ser un local ubicado en la isla interna de una galería. Sup. Total 5,83 m2. DEUDAS: ABL. $ 10.926,61 21/12/12 (fs. 220/224); AySa $ 5922,26 al 11/5/13, Expensas $ 24.167,72 al 16/3/13 fs. 199/208. Base $ 50.000 Ad-corpus, al contado y al mejor postor. Seña 30% del precio; b) Comisión 3% del precio + IVA; c) Sellado de ley 1% del precio; d) 0,25 % del precio (Acdas. 10/99 y 24/00 de la CSNJ) Se hace saber que: 1.- los compradores en la subasta a realizarse, deberán: a) constituir domicilio en el lugar que corresponda al asiento del Juzgado; b) dentro del quinto día de aprobada la subasta -sin emplazamiento previo- deberá depositar judicialmente en el Bco. de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del suscripto y en la cuenta de autos, el importe que corresponda abonar al contado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso en los términos del CPR.: 584. 2.- En caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. Los honorarios del martillero se encuentran gravados por el I.V.A. dado su condición de contribuyente inscripto, el que deberá ser solventado por el comprador (fs. 102/3). 3.- A fin de preservar la transparencia de la subasta ordenada en autos, decretase la prohibición de “compra en comisión” y “cesión o transferencia...

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