Resolucion N° 554

EmisorMrio de Infraestructura y Energia
Fecha de la disposición17 de Julio de 2013

RESOLUCION N° 554

Mendoza, 17 de julio de 2013

Visto el expediente N° 1090-M-13-30093-E-0-7, en el cual obra el convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, el Ministerio de Infraestructura y Energía y la Municipalidad de Rivadavia, en el marco del "Convenio Único de Colaboración y Transferencia", aprobado por Decreto 406/13; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo Nacional lleva adelante, entre otros, el "Plan Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria", el cual contempla el área "Mejor Calidad de Vida, Más Salud", cuyo objetivo principal en el área de saneamiento, es la ejecución de obras de suministro de agua potable y desagües cloacales, que tiendan a la inclusión de todos los sectores sociales a la prestación del servicio de agua potable y saneamiento, a través de financiamientos no reintegrables.

Que se ha detectado que el Convenio que por esta norma legal se aprueba contiene un error material en la expresión del plazo de la futura obra (Cláusula Segunda), el cual es, conforme a la documentación que acompaña la Municipalidad de Rivadavia, de seis (6) meses.

Que en el mismo sentido se ha advertido que, las Cláusulas Décima Cuarta y Décima Séptima del Convenio de que se trata, refieren a Anexos que no forman parte integrante del mismo, por lo que corresponde aclarar tal circunstancia en la presente norma legal.

Que conforme a lo establecido en los Artículos 77 y 78 de la Ley N° 3909, se procede de oficio a rectificar los mencionados errores de expresión.

Por lo expuesto, conforme lo dispuesto por los Artículos 77, Inciso a) y 78 de la Ley 3909 y 22 de la Ley 8385 y teniendo en cuenta la intervención del Consejo de Obras Públicas y lo dictaminado por la Asesoría de Gabinete del Ministerio,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

Y ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio celebrado en fecha 26 del mes de marzo del año 2013, entre el Gobierno de la Provincia, representado por el señor Gobernador, Doctor Francisco Humberto Perez, el Ministerio de Infraestructura y Energía, representado por su titular, Ingeniero Rolando Baldasso y la Municipalidad de Rivadavia, representada por su Intendente, Don Ricardo Mansur, en el marco del "Convenio Único de Colaboración y Transferencia" aprobado por Decreto n° 406/2013, relacionado con la ejecución de la obra: "Planta de Tratamiento para Efluentes Cloacales Domiciliarios". El referido convenio forma parte integrante de la presente norma legal en fotocopia, autenticada, constante de cuatro (4) fojas, como Anexo.

Artículo 3°

Téngase por rectificado el plazo de ejecución de la obra de que se trata, en tanto el mismo es de seis (6) meses y no como se menciona en la Cláusula Segunda del convenio que se aprueba por el Artículo 1° de la presente norma, conforme surge de la documentación acompañada por el Municipio de Rivadavia. Se deja aclarado que el Convenio mencionado no contiene anexos.

Artículo 4°

Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Rolando D. Baldasso

________

CONVENIO

Programa Nacional "Plan Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria"

Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en adelante "La Provincia", representada por el Señor Gobernador Doctor Francisco H. Perez, el Ministerio de Infraestructura...

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