Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, 10 de Junio de 2013, expediente 9.851/13
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2013 |
Poder Judicial de la Nación Resolución N° 242
Corrientes, diez de junio de dos mil trece.
Vistos: Los autos caratulados: “Queja por retardo de justicia en autos:
L., E. y otros c/ E.N.A. – M.. del Interior – G.N. y/o Q.R.R. s/
amparo. E.. Nº 123/07”, E.. N° 9851/13, del registro de este Tribunal;
Considerando:
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Que a fs. 46/47 la parte actora interpone recurso de queja por retardo de justicia tendiente a que se intime a la demandada a que cumpla con la Sentencia de esta Cámara procediendo a depositar las sumas ya liquidadas a favor de una parte de los actores y a practicar las liquidaciones pendientes.
Asimismo, requiere que una vez cumplido lo precedentemente indicado y ante la desobediencia de la accionada, se trabe embargo sobre las cuentas oficiales que posee en el Banco de la Nación Argentina.
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Verificado el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad corresponde analizar la procedencia del presente recurso.
Atento lo expuesto por el representante de los actores y examinadas las USO OFICIAL
constancias de autos el Tribunal se encuentra en condiciones de adelantar que asiste razón a la quejosa.
En efecto, se constata de los autos principales que corren por cuerda que a fs. 302 y 349 obran pendientes de resolución dos pases a Despacho del juez a quo (en fechas 20/12/11 y 21/06/2012 respectivamente) con planteos similares a los urgidos en la presente queja, que a la fecha de la interposición de la presente no han sido resueltos.
En tal sentido, desde el punto de vista jurídico, a la luz de lo dispuesto en el artículo 34 apartado 3, b) del CPCCN y en el art. 167 del CPCCN puede determinarse la configuración de morosidad judicial, por lo que este Tribunal entiende que deberá hacerse lugar al recurso de queja por retardo de justicia interpuesto.
A tal fin se fijará al juez a-quo el plazo de cinco (05) días hábiles a partir de la recepción de las actuaciones para resolver las cuestiones pendientes en los autos principales Nº 123/07 “L., E. y otros c/ Estado Nac. –
M.. del Interior – G.N.. Argentina s/ amparo” según los proveídos de fs...
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