Expediente G. 3. XXVII, Fallo Interlocutorio de 16 de Junio 1994

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº G. 3. XXVII
Actor: Greco Hector Osvaldo s/ Quiebra
Enlazar como: http://ar.vlex.com/vid/40383776
Id. vLex: VLEX-40383776

Pulse aquí para descargar este artículo en formato gráfico (Acrobat Reader)

Idioma del documento

Buscar en esta sentencia

Enlaces Patrocinados:


Texto:



G. 3. XXVII.

RECURSO DE HECHO

Greco, Héctor Osvaldo s/ quiebra s/ incidente de impugnación por el Banco de Los Andes S.A.

Buenos Aires, 16 de Junio de 1994.

Autos y Vistos:

En atención a lo dispuesto en los arts. 50 de la ley 21.526 (texto según ley 22.529) y 175 de la ley 19.551, se deja sin efecto la intimación de fs. 27 y se hace saber a la recurrente que deberá efectuar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación cuando existan fondos en la quiebra para ser afectados a tal fin, con la preferencia prevista en el art.

264 de la citada ley 19.551. Notifíquese. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

Enlaces Patrocinados:




Active su prueba ahora

Solicitela

Necesita ayuda? Contacte con nosotros

Pruebe GRATIS vLex durante 3 días

Acceda a la información jurídica de Argentina incluyendo:

  • Contratos
  • Doctrina
  • Jurisprudencia
  • Legislación
  • Noticias y Negocio

Pruebe vLex sin ningún compromiso durante 3 días y verá por qué necesita vLex.

3

días de Acceso gratuíto