Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº G. 3. XXVII
Actor: Greco Hector Osvaldo s/ Quiebra
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Id. vLex: VLEX-40383776
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G. 3. XXVII.
RECURSO DE HECHO
Greco, Héctor Osvaldo s/ quiebra s/ incidente de impugnación por el Banco de Los Andes S.A.
Buenos Aires, 16 de Junio de 1994.
Autos y Vistos:
En atención a lo dispuesto en los arts. 50 de la ley 21.526 (texto según ley 22.529) y 175 de la ley 19.551, se deja sin efecto la intimación de fs. 27 y se hace saber a la recurrente que deberá efectuar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación cuando existan fondos en la quiebra para ser afectados a tal fin, con la preferencia prevista en el art.
264 de la citada ley 19.551. Notifíquese. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - GUILLERMO A. F. LOPEZ.
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