Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº R. 136. XXIV
Actor: rio Negro,provincia de
Demandado: Estado Nacional y Otro (agua y Energia Electrica S.E.)
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Id. vLex: VLEX-40382048
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R. 136. XXIV.
ORIGINARIO
Río Negro, Provincia de c/ Estado Nacional y otro (Agua y Energía Eléctrica S.E.) s/ nulidad.
Buenos Aires, 19 de abril de 1994.
Autos y Vistos; Considerando:
Que desde la última actuación -de fecha 14 de julio de 1992- ha transcurrido en exceso el plazo previsto por el artículo 310, inciso 1°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que en autos se haya cumplido actividad procesal alguna a fin de impulsar el procedimiento.
Por ello, se decide: Declarar la caducidad de la instancia. Notifíquese.JULIO S. NAZARENO - CARLOS S.
FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (h) - ANTONIO BOGGIANO.
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