Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº A. 2434. XXXVIII
Actor: Administracion Federal de Ingresos Publicos
Demandado: Dallanora Daniel Fatimo
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Id. vLex: VLEX-40348620
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A. 2434. XXXVIII.
A.F.I.P.
(D.G.I.) c/ Dallanora, Daniel Fátimo s/ ejecución fiscal.
Buenos Aires, 15 de mayo de 2007 Vistos los autos: "A.F.I.P. (D.G.I.) c/ Dallanora, Daniel Fátimo s/ ejecución fiscal".
Considerando:
Que en atención a lo resuelto en la sentencia obrante a fs. 15 del expediente principal, no se advierte que la decisión adoptada por el a quo en el incidente que versa sobre la medida cautelar ocasione al apelante un gravamen que pueda dar sustento al recurso extraordinario deducido contra tal decisión.
Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario. Notifíquese y devuélvase. RICARDO LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.
ARGIBAY.
Recurso extraordinario interpuesto por la A.F.I.P. - D.G.I., representada por la Dra. Verónica Jantus Lewintre, con el patrocinio de los Dres. Pedro Manuel Zarabozo y Javier Lúquez Toledo Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de Corrientes
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