Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº V. 724. XLII
Actor: Vitale Jose Luis
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Id. vLex: VLEX-40323553
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V. 724. XLII.
RECURSO DE HECHO
Vitale, José Luis s/ causa N° 28.099/05.
Buenos Aires, 27 de febrero de 2007.
Autos y Vistos:
Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.
310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación de aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos:
217:1642, 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII "Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, Roberto s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P. Ccausa N° 6447C", considerando 3°, y D.479.XXXV. "Daponte, Jorge Luis s/ falsedad ideológica incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación Ccausa N° 32.139C", resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamente, sin que el recurrente haya cumplido con lo solicitado a fs. 59, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.
Dése por perdido el depósito de fs.
1.
Hágase saber y, oportunamente, archívese. RICARDO LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por Jorge Luis Vitale, representado por el Dr. J.
Martín Diez Villa Tribunal de origen: Corte de Justicia de Salta Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara del Crimen N° 2
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