Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº G. 527. XLI
Actor: Garcia Tejerina Alejandro Gustavo
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Id. vLex: VLEX-40312729
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G. 527. XLI.
RECURSO DE HECHO
García Tejerina, Alejandro Gustavo s/ robo agravado con armas, lesiones leves y privación ilegal de la libertad agravada Ccausa N° 36.915C.
Buenos Aires, 7 de noviembre de 2006.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Alejandro Gustavo García Tejerina en la causa García Tejerina, Alejandro Gustavo s/ robo agravado con armas, lesiones leves y privación ilegal de la libertad agravada Ccausa N° 36.915C", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Agréguese la queja al principal y vuelvan los autos al tribunal de origen para que por quien corresponda se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Hágase saber y remítase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.
FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.
RAUL ZAFFARONI - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY (en disidencia).
DISI
G. 527. XLI.
RECURSO DE HECHO
García Tejerina, Alejandro Gustavo s/ robo agravado con armas, lesiones leves y privación ilegal de la libertad agravada Ccausa N° 36.915C.
DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.
ARGIBAY Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, se la desestima. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y, previa devolución de los autos principales, archívese. CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por Alejandro García Tejerina, representado por el Dr. Roberto A.F. Janon, Lucio R. R. Gernaert Willmar Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
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