Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº S. 133. XXXIX
Actor: Secretaria de Cultura, Presidencia de la Nacion
Demandado: Rio Negro, Provincia De
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Id. vLex: VLEX-40291204
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S. 133. XXXIX.
ORIGINARIO
Secretaría de Cultura, Presidencia de la Nación c/ Río Negro, Provincia de s/ proceso de conocimiento.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de marzo de 2006.
Autos y Vistos; Considerando:
Que desde el 13 de abril de 2004, ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 1°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que se haya realizado ningún acto tendiente a interrumpir el curso de la perención.
Por ello, se resuelve: Declarar operada la caducidad de la instancia en estas actuaciones. Notifíquese. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.
Demanda interpuesta por la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, representada por la Dra. Susana N. Fino, con el patrocinio de la Dra. Perla Miz- drahi Tribunal de origen: Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3
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