Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº T. 292. XXXIX
Actor: Tobokholt, ana Maria
Demandado: Entre Rios, Provincia De y Otro (estado Nacio Nal)
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Id. vLex: VLEX-40288803
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T. 292. XXXIX.
ORIGINARIO
Tobokholt, Ana María c/ Entre Ríos, Provincia de y otro (Estado Nacional) s/ amparo.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 21 de febrero de 2006.
Autos y Vistos; Considerando:
Que desde el 23 de noviembre de 2004, ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que se haya realizado ningún acto tendiente a interrumpir el curso de la perención.
Por ello, se resuelve: Declarar operada la caducidad de la instancia en estas actuaciones. Notifíquese por Secretaría.
ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY.
Demanda interpuesta por Ana María Tobokholt, con el patrocinio del Dr. Juan C.
Brollo Tribunal de origen: Juzgado Federal de Paraná
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