Expediente B. 522. XLI, Aclaratoria de 14 de Febrero 2006

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº B. 522. XLI
Actor: Borgatti Silvano y Otra
Demandado: Instituto Dupuytren S.A. y Otros
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Id. vLex: VLEX-40287416

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B. 522. XLI.

RECURSO DE HECHO

Borgatti, Silvano y otra c/ Instituto Dupuy- tren S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de febrero de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el magistrado de primera instancia interpretó la decisión de este Tribunal de fs. 2327, en el sentido de que en ella se ordenaba suspender los procedimientos de ejecución (fs. 2332). La parte actora, sin agotar las vías pertinentes y ya vencido el plazo para la interposición del recurso de aclaratoria contra el citado fallo de la Corte, se presenta y solicita que se aclare si, como lo entendió el juez de primera instancia, la suspensión dispuesta alcanza también al incidente de medidas cautelares ABorgatti, Silvano y otra c/ Instituto de Traumatología y Ortopedia Dupuytren S.A. y otros s/ medidas cautelares@ (expediente N° 33.616/05).

Que, más allá de la tempestividad de la petición y a fin de evitar eventuales planteos, toda vez que las constancias de la causa dan cuenta de que los agravios que autorizaron la apertura prima facie del recurso extraordinario encuentran sustento en lo resuelto en los autos ABorgatti, Silvano y otra c/ Instituto de Traumatología y Ortopedia Dupuytren S.A. y otros s/ ordinario@ (expediente N° 5451/90) y en ABorgatti, Silvano y otra c/ Instituto de Traumatología y Ortopedia Dupuytren S.A. y otros s/ medidas cautelares@ (expediente N° 33.616/05), corresponde aclarar la sentencia de fs.

2327 y disponer que la suspensión del proceso debe decretarse en ambas causas.

Por ello, se aclara la sentencia de fs. 2327 en el sentido indicado. Notifíquese. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

Recurso de hecho interpuesto por el demandado, representado por la Dra. Clotilde Catalina Urdínez Tribunal de origen: Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 78

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