Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº G. 1207. XLI
Actor: Giuli Bruno Jose y Otro
Demandado: Uranga Pablo Martin
Enlazar como:
http://ar.vlex.com/vid/40283763
Id. vLex: VLEX-40283763
Pulse aquí para descargar este artículo en formato gráfico (Acrobat Reader)
G. 1207. XLI.
RECURSO DE HECHO
Giuli, Bruno José y otro c/ Uranga, Pablo Martín.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de diciembre de 2005.
Autos y Vistos:
En atención a lo manifestado en el escrito de fs.
291, corresponde tener por desistida la presente queja, lo cual determina la pérdida del depósito previo según lo establecido por el Tribunal en Fallos: 314:292; 317:1031; 323:1034 y 327:639, ya que las razones aducidas por el recurrente no constituyen un motivo válido para apartarse de ese criterio.
Por ello, se tiene por desistida la queja y se declara perdido el depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.
ELENA I.
HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.
RAUL ZAFFARONI - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por Pablo Martín Uranga, representado por la Dra.
Alicia Gabriela Ríos, con el patrocinio letrado del Dr. Esteban Andrés Masante Tribunal de origen: Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 94
Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
Acceda a la información jurídica de Argentina incluyendo:
Pruebe vLex sin ningún compromiso durante 3 días y verá por qué necesita vLex.
3
días de Acceso gratuíto