Expediente P. 95. XXXIX, Aclaratoria de 30 de Agosto 2005

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº P. 95. XXXIX
Actor: Ponce, Carlos Alberto
Demandado: San Luis, Provincia De
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Id. vLex: VLEX-40268706

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P. 95. XXXIX.

ORIGINARIO

Ponce, Carlos Alberto c/ San Luis, Provincia de s/ acción declarativa de certeza.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de agosto de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la demandante solicita que se aclare el pronunciamiento definitivo dictado por el Tribunal.

Que el planteo es procedente y debe ser admitido, por lo que con arreglo a lo dispuesto en el art. 166, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, corresponde subsanar la omisión en que se incurrió y, en consecuencia y sobre la base del principio objetivo de la derrota establecido en el art. 68 del ordenamiento citado, imponer las costas de este proceso a la demandada; y las correspondientes a las causas privadas de validez en la sentencia (punto I) a las partes que, respectivamente, promovieron cada uno de dichos procesos. Notifíquese. Agréguese copia de la presente en las causas mencionadas en los puntos I y III del fallo.

ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - JUAN CARLOS MAQUEDA - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - RICARDO LUIS LORENZETTI.

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