Expediente R. 2332. XXXVIII, Sentencia de 23 de Diciembre 2004

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº R. 2332. XXXVIII
Actor: Romero Mariano y Villalba Daniel
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Id. vLex: VLEX-40216339

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R. 2332. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Romero, Mariano y Villalba, Daniel s/ habeas corpus a favor de Roberto Carlos Molina.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Armada Argentina en la causa Romero, Mariano y Villalba, Daniel s/ habeas corpus a favor de Roberto Carlos Molina", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó el presente recurso de hecho, no se dirige contra la sentencia dictada por el tribunal superior, según el art. 14 de la ley 48.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese y, oportunamente, y archívese. ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO (en disidencia)- CARLOS S.

FAYT - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAF- FARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO (en disidencia).

DISI

R. 2332. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Romero, Mariano y Villalba, Daniel s/ habeas corpus a favor de Roberto Carlos Molina.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON AUGUSTO CESAR BELLUSCIO Y DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO Considerando:

Que en atención a lo resuelto en la fecha en el expediente R.2312.XXXVIII "Romero, Mariano y Villalba, Daniel s/ habeas corpus en favor de Roberto Carlos Molina", el objeto de la presente queja se ha tornado abstracto.

Por ello, así se resuelve.

Hágase saber y archívese.

AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por la Armada Argentina, representada por Sergio Raúl Vargas, con el patrocinio de los doctores Alfredo A. A. Solari y Juan Pablo Vi- gliero Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata

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