Expediente B. 949. XXXVII, Desistimiento de 09 de Marzo 2004

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº B. 949. XXXVII
Actor: Bonelli Enrique
Demandado: Anses
Enlazar como: http://ar.vlex.com/vid/40180013
Id. vLex: VLEX-40180013

Pulse aquí para descargar este artículo en formato gráfico (Acrobat Reader)

Idioma del documento

Buscar en esta sentencia

Enlaces Patrocinados:


Texto:



B. 949. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

Bonelli, Enrique c/ ANSeS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de marzo de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que, al confirmar el fallo de la instancia anterior, hizo lugar a la demanda de amparo y condenó a la ANSeS a restituir la jubilación, como asimismo a pagar las sumas retroactivas adeudadas al actor desde que fue revocada indebidamente esa prestación, la demandada dedujo el recurso extraordinario cuyo rechazo dio origen a la presente queja.

2°) Que mientras se hallaba en trámite esta causa, el organismo previsional comunicó al tribunal a quo que había dado cumplimiento a la sentencia y dictado el acto administrativo que aprobaba la rehabilitación del beneficio y la liquidación practicada por haberes retroactivos reconocidos al titular, lo que aparece corroborado con las actuaciones remitidas a esta Corte (fs. 95/111 del expediente principal y 126/135 del expediente administrativo de jubilación).

3°) Que la decisión adoptada por la demandada sin haber hecho algún tipo de reserva respecto del planteo efectuado en el remedio federal, importa una actitud incompatible con la continuidad del recurso y hace aplicable al caso la doctrina de Fallos:

297:40; 302:1264; 311:2021; 312:631; 315:2823 entre otros.

4°) Que en consecuencia, y dado que el agravio referente a la distribución de costas Cformulado sólo en la quejaC es tardío y, además, no se corresponde con lo decidido en las instancias de grado, resulta inoficioso el pronunciamiento sobre el fondo del asunto por haberse vuelto abstracta la cuestión debatida en el pleito.

Por ello, el Tribunal resuelve tener por desistido el

recurso de hecho. Notifíquese y archívese, previa devolución de las actuaciones principales. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI.

Enlaces Patrocinados:




Active su prueba ahora

Solicitela

Necesita ayuda? Contacte con nosotros

Pruebe GRATIS vLex durante 3 días

Acceda a la información jurídica de Argentina incluyendo:

  • Contratos
  • Doctrina
  • Jurisprudencia
  • Legislación
  • Noticias y Negocio

Pruebe vLex sin ningún compromiso durante 3 días y verá por qué necesita vLex.

3

días de Acceso gratuíto