Expediente M. 3364. XXXVIII, Caducidad de 25 de Febrero 2003

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº M. 3364. XXXVIII
Actor: Maciel Juan Carlos y Otro
Demandado: Poder Ejecutivo Nacional y Otro
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Id. vLex: VLEX-40128990

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M. 3364. XXXVIII

RECURSO DE HECHO

Maciel, Juan Carlos c/ Poder Ejecutivo Na- cional y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de febrero de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

Habida cuenta de que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto en el art. 310, inciso 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara caduca la instancia. Intímese al recurrente para que en el ejercicio financiero que corresponda haga efectivo el pago del depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la acordada 47/91.

Notifíquese y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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