Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº A. 109. XXXVII
Actor: Arce Carlos y Otros
Demandado: Ferrocarriles Argentinos
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Id. vLex: VLEX-40083563
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A. 109. XXXVII.
RECURSO DE HECHO
Arce, Carlos y otros c/ Ferrocarriles Argentinos.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de junio de 2002.
Autos y Vistos:
Atento a que el apelante no cumplió en término con la intimación efectuada por la secretaría del Tribunal a fs.
84 y reiterada por la Corte a fs. 91/91 vta., y a que dicho término es perentorio e improrrogable con arreglo al art. 155 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, máxime habida cuenta de que el peticionario, ante un requerimiento previsible, no demuestra la existencia de un supuesto de fuerza mayor o causa grave que justifique su incumplimiento (Fallos: 324:794 y su cita), corresponde rechazar la prórroga solicitada y desestimar la presente queja, sin que obste a tal conclusión la tardía presentación de la constancia de requerimiento de la previsión presupuestaria (conf. fs. 94).
El juez Vázquez remite a sus votos en las causas AUrdiales@ Fallos: 319:1389 y AMarono@ Fallos: 319:2805, entre otros.
Por ello, por mayoría, se tiene por desistida la queja.
Notifíquese y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'- CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.
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