Expediente V. 241. XXXVI, Desistimiento de 27 de Junio 2000

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº V. 241. XXXVI
Actor: Venanzoni Luis Humberto
Demandado: Estado Nacional - Ministerio De Defensa - Ejercito Argentino
Enlazar como: http://ar.vlex.com/vid/40009716
Id. vLex: VLEX-40009716

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Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de junio de 2000.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Que la falta de presentación en término de la constancia documental prevista en el art. 2°) de la acordada 47/91 dio lugar a la providencia del Secretario de Tribunal que intimó al recurrente para dentro del quinto día acreditase la efectivización del depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, bajo apercibimiento de tener por desistida la presentación directa (confr. providencia de fs. 84).

2°) Que la recurrente acompañó la previsión presupuestaria el catorce de junio del corriente año, lo que deviene tardío (confr. fs. 86/88).

3°) Que por no haberse efectuado el depósito pertinente en esta presentación directa, ni haberse demostrado alguna causa grave que justifique el incumplimiento o autoricen a prescindir del carácter perentorio de los plazos procesales [confr. causa M.1782.XXXII AMiralejos S.A.C.F. y A. c/ Fisco Nacional (Dirección General Impositiva)@, del 27 de diciembre de 1996, y su cita) corresponde hacer efectivo el apercibimiento.

4°) Que el juez Vázquez remite a su disidencia en la causa de Fallos: 319:1389 (Urdiales).

Por ello, tiénese por desistida la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOS- SERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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