Expediente O. 53. XXXI, Caducidad de 04 de Mayo 2000

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº O. 53. XXXI
Actor: Orlietti Marcelo
Demandado: Inps-caja Nacional De Prevision Para Trabajad Ores Auton
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Id. vLex: VLEX-39954836

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A. 71. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Annaratone, Pedro Domingo c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de mayo de 2000.

Autos y Vistos:

Habida cuenta de que en la presente causa, desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento, ha transcurrido un lapso superior al previsto por el artículo 310, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que el organismo previsional haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia. Notifíquese y archívese la queja. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO RO- BERTO VAZQUEZ.

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