Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº I. 3. XXXVI
Actor: Ipsum s.r.l.
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Id. vLex: VLEX-39943706
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I. 3. XXXVI.
RECURSO DE HECHO
Ipsum S.R.L. s/ recurso de queja.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de febrero de 2000.
Autos y Vistos:
En atención a lo manifestado en el escrito de fs.
19, tiénese por desistido el presente recurso de hecho. Intímese al recurrente para que en el término de cinco días haga efectivo el depósito establecido en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con la acordada 28/91, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y como perteneciente a estas actuaciones, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese y oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT.
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