Expediente V. 80. XXXI, Caducidad de 15 de Febrero 2000

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº V. 80. XXXI
Actor: Vezza Margarita Angela
Demandado: Caja Nacional De Prevision Para Trabajadores Autonomos
Enlazar como: http://ar.vlex.com/vid/39943621
Id. vLex: VLEX-39943621

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V.80.XXXI

RECURSO DE HECHO

Vezza, Margarita Angela c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de febrero de 2000.

Autos y Vistos:

Habida cuenta de que en la presente causa, desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento, ha transcurrido un lapso superior al previsto por el artículo 310, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la peticionaria de fs. 1/4 haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia. Notifíquese, devuélvanse las actuaciones princpipales y archívese la queja. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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