Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº C. 903. XXXV
Actor: Smith Gimena Maria
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Id. vLex: VLEX-39943357
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Competencia N° 903. XXXV.
Smith, Gimena s/ art.
482 C.C. proc. especial.
Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e:
La titular del Tribunal de Familia N1 2 del Departamento Judicial de Morón, y el juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N1 86, de esta Capital, se declararon incompetentes para entender en la presente causa. En tal situación quedó planteado un conflicto negativo de competencia que corresponde dirimir a V.E. en los términos del art. 24, inc. 71, del decreto-ley 1285/58.
Dicha contienda, guarda sustancial analogía con la considerada por el Tribunal en autos: Competencia 619, L.
XXII, "Caimi, Jose Antonio s/ internación", sentencia de fecha 22 de agosto de 1989 ( Fallos: 312:1373 ) y en su sentencia de fecha 18 de junio de 1995, in re Competencia N1 35, L. XXX, "Camino, Miguel Ángel s/ internación", y más recientemente sentencia del 9 de marzo de 1999, Competencia 24, L. XXXV, " Segarra Josefa s/ internación"a cuyos fundamentos me remito en razón de brevedad.
Por ello, teniendo en cuenta que la presunta incapaz se encuentra internada en la Provincia de Buenos Aires, soy de opinión, que corresponde dirimir la contienda planteada disponiendo que compete al señor juez a cargo del Tribunal de Familia N1 2, del Departamento Judicial de Morón, seguir conociendo en el juicio.
Buenos Aires, 14 de febrero de 2000.- NICOLAS EDUARDO BECERRA
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