Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº T. 98. XXXI
Actor: Trilnick Carlos Florentino
Demandado: Inps-caja Nac De Prev De La Industria,com y a Ct Civiles
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Id. vLex: VLEX-39914757
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R. 27. XXV. y otros.
RECURSOS DE HECHO
y RR.EE.
Rezza, Ernesto Corrado c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 1999.
Autos y Vistos: los recursos de hecho: R.27.XXV. 'Rezza, Ernesto Corrado c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles'; R.356.XXIX. 'Rubione, Herman Edgardo c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles' y B.327.XXVIII.
'Berger, Isidoro c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' y los recursos extraordinarios: P.568.XXVIII 'Prati, Leonardo Francisco c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad'; H.37.XXVIII.
'Holmberg, Adolfo c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles'; P.443.XXXII.
'Placona, Jorge Galileo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' y T.98.XXXI. 'Trilnick, Carlos Florentino c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad'".
Considerando:
Que por ser el fallo del Tribunal suficientemente claro, no corresponde hacer lugar a los pedidos de aclaratoria deducidos.
Que en cuanto al planteo de los actores de que se revoque lo decidido por esta Corte respecto del art. 55 de la ley 18.037, cabe señalar que los pronunciamientos de la Corte no son susceptibles de ser revisados por vía del recurso previsto en el art. 238 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, salvo en circunstancias excepcionales que
no se advierten en estos casos (Fallos: 310:195; 311:
2422; 312:886; 318:1798 y 1808).
Por ello, se resuelve rechazar los agravios formulados en los escritos de los recurrentes. Notifíquese y devuélvanse.
JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT (en disidencia) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO (en disidencia) - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT (en disidencia) - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.
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