Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº L. 72. XXXIV
Actor: Larraburu Lidia
Demandado: Caja Nacional De Prevision Para Trabajadores Autonomos
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Id. vLex: VLEX-39867037
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L. 72. XXXIV.
RECURSO DE HECHO
Larraburu, Lidia c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.
Buenos Aires, 12 de noviembre de 1998.
Autos y Vistos:
Habida cuenta de que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.
Por ello, se declara la caducidad de la instancia.
Notifíquese y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUI- LLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.
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