Corte Suprema de Justicia de la Nación
Sentencia nº C. 388. XXXIV
Actor: Cisneros Graciela Teresa
Demandado: Coria Hugo y Otra
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Id. vLex: VLEX-39849797
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Cisneros, Graciela Teresa c/ Coria, Hugo y otra por daños y perjuicios.
Competencia N° 388. XXXIV.
PROCURACION GENERAL DE LA NACION
Suprema Corte:
El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Provincia de Tucumán y el de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 70 Nominación de la Provincia de Córdoba, discrepan respecto de la radicación de la presente causa para su ulterior trámite.
Las presentes actuaciones de daños y perjuicios, iniciadas ante el juzgado federal de la Provincia de Tucumán, donde fuera citada en garantía la Sociedad Cooperativa de Seguros Ltda. La _nica, en virtud de su estado de liquidación, fueron remitidas, en virtud del principio del fuero de atracción, al juzgado provincial donde se halla en trámite el juicio universal, remisión que no fue aceptada por este último tribunal, invocando la disposición del artículo 133, de la ley 24.522.
En tales condiciones se suscita una contienda de competencia negativa, que debe resolver V.E., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24, inciso 71, del decreto- ley 1285/58, texto según ley 21.708, al no existir un tribunal superior común a ambos órganos judiciales en conflicto.
La cuestión planteada, guarda sustancial analogía con la dada en el precedente "Ayala de Gamarra, Isabel c/ Aguilar Adolfo y otro s/sumario" , Comp. N1 514, L.XXXI, donde recayó sentencia el día 3 de diciembre de 1996, en la que V.E., además de hacer suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de esta Procuración General, a los cuales cabe remitirse para evitar reiteraciones innecesarias, destacó que no se advertía que decidir la radicación de la
causa ante el tribunal de origen, menoscabe la estabilidad de los actos procesales ya cumplidos, ni lesione derechos adquiridos al amparo de la legislación anterior.
Por ello opino, que V.E. debe dirimir el conflicto declarando que las actuaciones deberán continuar su trámite en el Juzgado Federal de la Provincia de Tucumán donde se iniciaron con la intervención en su caso del liquidador de la entidad de seguros.
Buenos Aires, 24 de setiembre de 1998.
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