Expediente C. 983. XXXIII, Competencia de 13 de Agosto 1998

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº C. 983. XXXIII
Actor: Palacios Miguel Angel
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Id. vLex: VLEX-39840400

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Competencia N° 983. XXXIII.

Palacios, Miguel Angel s/ denuncia.

Buenos Aires, 13 de agosto de 1998 Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión debatida en la presente contienda de competencia es análoga a la resuelta en Fallos:

316:1524, a cuyos términos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que corresponde a la Cámara Nacional de Casación Penal dirimir la contienda suscitada entre la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, a la cual se le remitirán las actuaciones. Hágase saber a los tribunales indicados. JULIO S. NAZARENO (por su voto)- EDUARDO MOLINE O'CONNOR (por su voto)- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

VO

Competencia N° 983. XXXIII.

Palacios, Miguel Angel s/ denuncia.

TO DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON JULIO S. NAZARENO Y DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINE O'CONNOR Considerando:

Que la cuestión debatida en la presente contienda de competencia es análoga a la resuelta en Fallos: 317:312 -voto de los jueces Nazareno y Moliné O' Connor- a cuyos términos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que corresponde a la Cámara Nacional de Casación Penal dirimir la contienda suscitada entre la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, a la cual se le remitirán las actuaciones. Hágase saber a los tribunales indicados. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR.

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