Expediente C. 1136. XXXII, Competencia de 04 de Marzo 1997

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº C. 1136. XXXII
Actor: de Filippis Mario
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Id. vLex: VLEX-39687968

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De Filippis, Mario s/ art. 482 Código Civil.

S.C. Comp.1136.XXXII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

Los señores jueces a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 12 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, y del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 87, se declararon incompetentes para conocer en el proceso. En tales condiciones, quedó trabado un conflicto que corresponde dirimir a V.E. en los términos del artículo 24, inciso 7°, del decreto-ley 1285/58.

La cuestión debatida en autos es sustancialmente análoga a la considerada por el Tribunal en sus sentencias del 22 de agosto de 1989, in-re Competencia N° 619.XXII, "Caimi, José Antonio s/ internación" (Fallos: 312:1373) y del 18 de julio de 1995 in-re Competencia N° 35.XXX, "Camino, Miguel Angel s/ internación", a cuyos fundamentos me remito en razón de brevedad.

Por ello, soy de opinión, que corresponde dirimir la contienda disponiendo que compete a la justicia de la Provincia de Buenos Aires, por intermedio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 12 de San Isidro seguir conociendo en el juicio.

Buenos Aires, 3 de febrero de 1997.

Es copia.

ANGEL NICOLAS AGÜERO ITURBE.

Competencia.N° 1136 XXXII De Filippis, Mario s/ art. 482 Código Civil.

Buenos Aires, 4 de marzo de 1997.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la causa sub examine resulta sustancialmente análoga a la resuelta por sentencia del 22 de agosto de 1989, in re: Competencia N° 619 XXII "Caimi, José Antonios/ internación" (Fallos: 312:1373), a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el se- ñor Procurador General, declárase que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 12 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, resulta competente para conocer en las presentes actuaciones, las que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 87. CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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