Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Mendoza
Ponente: Ortiz Maldonado, Juan e J: Zabala, Angela Ortiz Maldonado Juan y Ots. Daños y Perjuicios - Inconstitucionalidad - Casación
Actor: Ortiz Maldonado, Juan E J: Zabala, Angela Ortiz Maldonado Juan Y Ots Daños Y Perjuicios - Inconstitucionalidad - Casación
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Id. vLex: VLEX-35409240
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Materia: Procesal
Tipo de Resolución: SentenciaVoces: Nulidad Procesal- Actos Procesales - Muerte De La Demandada - Relacion Procesal -Texto: No corresponde hacer lugar a la nulidad de la sentencia que condenó al conductor y a los herederos del titular registral (el propio conductor y dos hermanos más) al pago indemnizatorio reclamado por la víctima de un accidente de tránsito, dadas las siguientes circunstancias. Luego de dictada la sentencia condenatoria compareció uno de los herederos, que acompañó copia del acto de defunción de su padre (demandado por ser titular registral del vehículo cuando ya estaba muerto) y apeló la sentencia peticionando la nulidad de la misma por no haberse integrado correctamente la litis; la Cámara previo resolver, emplazó a los sucesores del titular registral a comparecer a juicio, en el domicilio informado por el Registro; comparecieron los herederos y adjuntaron copia de la declaratoria de herederos. Surge de la secuencia procesal relatada que los herederos han convalidado todo lo actuado con la notificación efectuada por la Cámara en el domicilio informado por el Registro, que es el mismo denunciado como propio por los herederos en la apertura de la sucesión. Por lo demás, el recurrente, heredero del propietario vehículo, no invocó qué defensas tenía contra la actora y, para el conductor, la sentencia pasó en autoridad de cosa juzgada.Referencias Normativas: Expediente: 71261 - Ortiz Maldonado, Juan E J: Zabala, Angela Ortiz Maldonado Juan Y Ots Daños Y Perjuicios - Inconstitucionalidad - CasaciónFecha: 13-05-2002Magistrados: Kemelmajer De Carlucci - Romano - MoyanoTribunal: Suprema Corte De JusticiaSentencia de Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, de 13 de Mayo 2002
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