Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza
Recurso nº 25212, Ponente Huarpe Coop De Seg Ltda Liquidación
Actor: Huarpe Coop De Seg Ltda Liquidación
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http://ar.vlex.com/vid/35360088
Id. vLex: VLEX-35360088
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Materia: Civil Y Comercial
Tipo de Resolución: AutoVoces: Quiebra - Compañia Aseguradora-honorarios-regulacion-patrocinante-sindico-base-gastos De Liquidacion-exclusionTexto: Resulta improcedente regular honorarios a cargo del activo liquidado (art. 240 L.C.Q.) a los abogados patrocinantes de la Sindicatura de la compañía aeguradora en quiebra, teniendo en cuenta que cuando ese estado sobreviene como consecuencia de la revocación dispuesta por la autoridad de control, el órgano liquidador designado está integrado por letrados (delegados liquidadores), por lo que resulta innecesario en principio, acudir al asesoramiento profesional de otros abogados. En el caso, los funcionarios que actuaron expresando la voluntad del organismo de control son abogados y no se ha demostrado que hayan sido autorizados por el juez interviniente para ser asistidos por otros letrados, o que la labor desarrollada como órgano liquidador exceda los conocimientos específicos de los profesionales que integran el mismo. Por ello, los honorarios regulados a los abogados patrocinantes de la Sindicatura no son gastos de liquidación, ni pueden cargarse a la masa liquidada.Referencias Normativas: Norma: Código Civil art.: 2523Expediente: 25212 - Huarpe Coop De Seg Ltda LiquidaciónFecha: 29-02-2000Magistrados: Garrigos-staib-barreraTribunal: Tercera Cámara En Lo Civil - Primera Circunscripción Judicial
Contrato de Trabajo- Transporte Publico de Pasajeros
Quiebra
Compaïia Aseguradora-honorarios-regulacion-patrocinante-sindico-base-gastos de Liquidacion-exclusion
Auto Nº 25212 de Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza - Tercera Cámara En Lo Civil, de 29 de Febrero 2000
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