Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza
Recurso nº 91025, Ponente Frigorífico Regional Andino Bulos
Actor: Frigorífico Regional Andino Bulos
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http://ar.vlex.com/vid/35352860
Id. vLex: VLEX-35352860
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Materia: Civil Y Comercial
Tipo de Resolución: AutoVoces: Caducidad De Instancia - Plazo-interrupcion-suspension-distincionTexto: Cuando la inactividad se debe a impedimentos legales o de hecho, se suspende el plazo de caducidad y, cuando existe actividad útil se interrumpe. La actividad necesaria es aquella que compete a los litigantes y su falta produce la inactividad que origina la caducidad. Interrumpir un plazo significa hacer ineficaz el tiempo transcurrido, de manera que debe empezar de nuevo y no reanudarse, como en el caso de la suspensión.Referencias Normativas: Norma: Código Civil art.: 1109Expediente: 91025 - Frigorífico Regional Andino BulosFecha: 28-03-1990Magistrados: Garrigos-staib-marzari CespedesTribunal: Tercera Cámara En Lo Civil - Primera Circunscripción Judicial
Quiebra- Terceria de Dominio- Tramite- Incidentes- Recurso de Apelación
Caducidad de Instancia
Plazo-interrupcion-suspension-distincion
Auto Nº 91025 de Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza - Tercera Cámara En Lo Civil, de 28 de Marzo 1990
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