Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala VII nº 36829 del 07 de Julio de 2003.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo

Recurso nº 20400/02
Sentencia nº 36829
Actor: Berrotarán, Daniela
Demandado: Dormii SA
Enlazar como: http://ar.vlex.com/vid/35197008
Id. vLex: VLEX-35197008

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Resumen:

Certificado de trabajo. Art. 80 LCT. Acuerdos rescisorios.

El derecho de la trabajadora de reclamar el certificado de trabajo se halla fuera del ámbito del art. 15 LCT, por lo que no cabe presumir que en el acuerdo conciliatorio homologado por las partes incluyera dicho crédito, ya que el juego armónico de los arts. 12, 15 y 277 de la LCT quitan toda viabilidad a la renuncia, desistimiento o abandono de derechos no dudosos o litigiosos (cfr. Maza, Miguel y Plaisant, Elio en "Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo", 2est edición, T. II, pag. 86).

Ruiz Diaz. Pasini.

20400/02 Berrotarán, Daniela c/ Dormii SA s/ certificado de trabajo. 7/07/03

36829.

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Sala VII.

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