Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social
Recurso nº 34116/1998
Sentencia nº 70695
Actor: SANTILLÁN, HÉCTOR MANUEL
Demandado: A.N.Se.S.
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http://ar.vlex.com/vid/34200836
Id. vLex: VLEX-34200836
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DEMANDA. Copias para traslado. Art. 120 C.P.C.C. Apercibimiento. Ponderación.
Si bien la providencia que ordena tener por no presentado el escrito por haberse agregado las copias en forma extemporánea, se ajusta al apercibimiento contenido en el art. 120 del C.P.C.C., tratándose de una demanda donde se reclaman derechos de estricto carácter alimentario, resulta necesario una adecuada ponderación de las normas rituales a fin de evitar que éstas se conviertan en la frustración del derecho del titular a obtener, por lo menos, el conocimiento de sus pretensiones por el juzgador. (Del dictamen Fiscal, al que adhiere la Sala).Fasciolo, Mari Arriaga, Laclau.exp. 34116/1998. "SANTILLÁN, HÉCTOR MANUEL c/ A.N.Se.S.". 7/06/00sent. int. 70695.C.F.S.S.Sala III.
Demanda
Art. 120 C.P.C.C , Copias para Traslado
Procedimiento Administrativo y Judicial
Ponderación
Recursos
Apercibimiento
Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Sala III nº 70695 del 07 de Junio de 2000.
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