Decreto 1518/2011

Fecha de disposición27 Septiembre 2011
Fecha de publicación28 Septiembre 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32244

Bs. As., 27/9/2011

VISTO el Expediente Nº AG 0-1014/157/2011 del registro de GENDARMERIA NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que en las mencionadas actuaciones el Director Nacional de Gendarmería informa que las calificaciones obtenidas por los Suboficiales Cadetes y Cadetes de la Sexagésima Sexta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERIA NACIONAL “GENERAL D. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES”, han satisfecho las exigencias para su egreso como Oficial en sus respectivas especialidades, conforme a lo establecido en el artículo 57 de la Ley de GENDARMERIA NACIONAL Nº 19.349.

Que en virtud de lo anterior corresponde otorgar a dichos Suboficiales Cadetes y Cadetes de la Sexagésima Sexta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERIA NACIONAL “GENERAL D. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES” el grado de SUBALFEREZ, en sus respectivas especialidades, al 31 de diciembre de 2010, y extender a ellos los despachos correspondientes.

Que han tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de GENDARMERIA NACIONAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO de SEGURIDAD.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 70, de la Ley de GENDARMERIA NACIONAL Nº 19.349, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 20.677, el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

— Apruébanse las calificaciones de egreso obtenidas por los Suboficiales Cadetes y Cadetes de la Sexagésima Sexta Promoción de la ESCUELA DE GENDARMERIA NACIONAL “GENERAL D. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES”.

Art. 2º

— Otórgase el grado de SUBALFEREZ, en sus respectivas especialidades, al 31 de diciembre de 2010, al personal de Suboficiales Cadetes y Cadetes cuya nómina figura en los Anexos I, II y III que forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 3º

— Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida se imputarán a las partidas correspondientes para GENDARMERIA NACIONAL, del Presupuesto General de la Administración Nacional, para el corriente ejercicio.

Art. 4º

— Extiéndanse los despachos correspondientes.

Art. 5º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Nilda C. Garré.

ANEXO I

NOMINA DE LOS SUBOFICIALES CADETES Y CADETES DE LA SEXAGESIMA SEXTA PROMOCION DE LA ESCUELA DE GENDARMERIA NACIONAL “GENERAL D. MARTIN MIGUEL DE GÜEMES”, QUE EGRESAN CON EL GRADO DE SUBALFEREZ DEL...

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